DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA
14-09-2024
¿Quiénes son los presidentes que más usaron esta herramienta?
11:56 |
Los DNU son utilizados desde 1853, incluidos en la Constitución Nacional de 1994 y reglamentados en 2006, fueron indispensables para implementar medidas clave como el Plan Austral, el Operativo Independencia y la AUH.
A las 2.19 de la madrugada del viernes 13 de septiembre se concretó un hecho histórico: por primera vez en la historia argentina, el Congreso de la Nación rechazaba un decreto de necesidad y urgencia emitido por un Gobierno.
Fue el Senado el lugar donde se concretó ese hecho, con 49 votos contra el DNU que asignaba fondos reservados para la Secretaría de Inteligencia del Estado, 11 a favor del mantenimiento del mismo y 2 abstenciones. Previamente, la Cámara de Diputados había hecho la primera parte del trabajo rechazándolo también, con 156 votos contra 52 y 6 abstenciones.
Estaba escrito que si alguna vez se rechazaba un decreto de necesidad y urgencia, el principal favorito para sufrir ese traspié era el actual gobierno, el más débil numéricamente hablando en el Congreso de la Nación.
Se equivocan aquellos que piensan que los DNU son herramientas ideales para ser utilizadas por los gobiernos con minorías legislativas. Por el contrario, la ley pergeñada por la entonces senadora Cristina Fernández de Kirchner en 2006 fue hecha así para favorecer a los poderes ejecutivos en general, pero particularmente a aquellos que tienen mayorías legislativas. O aquellos capaces de resistir al menos en una de las dos cámaras embates de la oposición de turno para voltear esos decretos.
Que le pregunten sino a Mauricio Macri, o a sus principales espadas legislativas, lo mucho que debieron batallar para resistir la presión para que esa administración sufriera un revés de esas características. Anoticiado del dato, más de una vez el Gobierno de Cambiemos debió volver sobre sus pasos con un decreto de necesidad y urgencia ante la enconada resistencia de la oposición.
Los decretos de necesidad y urgencia son instrumentos que permiten a los gobiernos legislar en circunstancias muy excepcionales. Una vez promulgados, el Congreso tiene atribuciones para analizarlos y determinar si continúan o no vigentes. Las reglas las establecen la Constitución, en su artículo 99, inciso 3, y la Ley 26.122 que los reglamentó.
Los gobiernos pueden dictarlos en situaciones excepcionales, cuando resulta imposible seguir los trámites para sancionar leyes mediante el Congreso. Pero no se puede hacer DNU para cualquier tema. Hay cuatro cuestiones sobre las que no se pueden emitir decretos: en materia penal, tributaria, electoral o régimen de los partidos políticos.
A diferencia de los decretos comunes, los decretos de necesidad y urgencia deben contar con el acuerdo general de los ministros. Esto es, que el jefe de Gabinete y todos los ministros lo firmen.
La citada Ley 26.122 sancionada el 20 de julio de 2006 establece que una vez dictado el decreto, el jefe de Gabinete debe dirigirse a la Comisión Bicameral Permanente de Trámite Legislativo (que es la única que funciona todo el año), en un plazo no mayor a los 10 días. Esta comisión debe elevar luego un dictamen y enviarlo a ambas cámaras para su tratamiento, también en el término de 10 días. Cabe destacar que ninguna de estas dos reglas se cumple en general.
Cada cámara del Congreso deberá emitir una resolución expresando su apoyo o rechazo al DNU. Si ambas cámaras rechazan el decreto, éste pierde validez de forma permanente. Es lo que acaba de suceder con el decreto 656/2024.
Decretos hubo siempre
Los decretos de este tipo no nacieron con la reforma constitucional de 1994. Los hubo siempre, incluso durante los gobiernos de facto. En ese entonces, al no funcionar el Congreso, las normas legislativas que promovía el gobierno militar de turno eran conocidas como decretos leyes.
La Corte Suprema de Justicia los reconoció en 1945 como válidos, siempre y cuando su sanción fuera necesaria para cumplir los objetivos del gobierno militar. Eso sí: perdían validez al terminar el gobierno de facto, pero podían ser ratificados por el Congreso.
En 1947, un nuevo fallo de la Corte Suprema determinó que los decretos leyes seguían con vigencia y debían ser derogados o modificados por otras leyes.
Ahora bien, decretos hubo siempre. Desde 1853 al presente. Aunque convengamos que hasta tiempos de Carlos Menem, fueron siempre una herramienta utilizada excepcionalmente. Y para casos no menores, por cierto. Por ejemplo Raúl Alfonsín, quien fue un presidente que utilizó esa herramienta muy pocas veces (apenas 10), implementó por esa vía en 1985 el cambio del peso al austral.
Durante la gestión menemista ese recurso se utilizó a destajo. En efecto, el riojano fue el primer presidente que firmó DNU en gran número. Desde su asunción -en condiciones de gran crisis económica-, hasta la reforma constitucional de 1994, los decretos comenzaron a ser utilizados como un recurso institucional ordinario en el proceso de toma de decisiones.
Otra vez fue la Corte Suprema la que se encargó de avalar el dictado de decretos de ese tipo en lo que se conoció como el caso Peralta. El Tribunal Superior solicitó la inconstitucionalidad del decreto 36/90 dictado por Carlos Menem, y los jueces de esa Corte fallaron en contra de Luis Peralta, ratificando la validez de la norma.
Con la incorporación de los DNU a la Constitución, a partir de 1994, se les confirió una mayor legitimidad, aunque buscaron implementar una serie de restricciones para acotar su utilización. Se dispuso un mecanismo para el control parlamentario, pero se dejó en manos del Congreso la reglamentación del tema. Se tomaron su tiempo y recién 12 años después se aprobó la ley correspondiente.
Volvamos ahora a los confines de la historia institucional argentina, y veremos que entre los años 1853 y 1983 apenas se firmaron 25 decretos. 25 decretos en un período de 130 años. Menem, en sus 10 años y medio de gestión, firmó 545.
¿Para qué se utilizaban los decretos en el pasado lejano? Justo José de Urquiza creó por esa vía, en 1854, las mensajerías nacionales para correr las postas en el servicio de correo.
En 1858 se rebajó, por decreto, el derecho de importación de aguardiente de caña que no excediera el 21% de graduación alcohólica.
En tiempos de Santiago Derqui, se estableció por decreto que no se recibirían más pagos de aduanas con los bonos o billetes de tesorería que se venían utilizando hasta entonces. Fue en 1861.
Ya en el siglo XX, Agustín Justo modificó en 1933 el régimen de la moneda y su tipo de cambio desdoblándolo en oficial y libre.
Juan Domingo Perón nacionalizó los teléfonos y ferrocarriles por decreto; en tanto que Arturo Frondizi creó por empresas estatales para la explotación del carbón y la energía eléctrica, e implementó el Plan CONINTES.
También Arturo Illia emitió decretos. En 1963, anuló por esa vía los contratos petroleros firmados por el Estado con empresas extranjeras.
Y más cerca en el tiempo, María Estela Martínez de Perón firmó en 1975 el decreto 261/75 por el que ordenó a las Fuerzas Armadas llevar a cabo el “Operativo Independencia”.
A través del decreto 430/00, Fernando de la Rúa ordenó una disminución del 13% del sueldo de los agentes estatales.
El decreto 214/02 de Eduardo Duhalde estableció entre otras cosas la pesificación de los depósitos bancarios.
Cristina Kirchner dispuso por decreto, en 2009, establecer la asignación universal por hijo.
En 2016, Mauricio Macri modificó por DNU la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, y en ese mismo sentido intervino por 180 días la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) y la Autoridad Federal de Tecnología de la Información y las Comunicaciones (AFTIC), removiendo a Martín Sabbatella y Norberto Berner, respectivamente.
En el presente, Javier Milei anunció el 20 de diciembre del año pasado el DNU 70/23, un megadecreto a través del cual derogó leyes como la de Alquileres y habilitó la privatización de empresas públicas.
La norma establecía más de 300 modificaciones de leyes, entre ellas la Ley de Tierras y de Promoción Industrial y el régimen laboral.