DELITOS GRAVES Y PERSECUCIONES
03-12-2018
Las fuerzas federales tendrán mayor libertad para disparar sus armas

17:00 | El Gobierno oficializó un nuevo reglamento general para el empleo de armas de fuego. Los efectivos ya no deberán esperar que les disparen para responder las hostilidades
Con su publicación en el Boletín Oficial, el Gobierno oficializó un nuevo reglamento general para el empleo de las armas de fuego que les otorga mayor libertad a las fuerzas federales de seguridad.  La Resolución 956/2018, que lleva la firma de la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, también deroga toda disposición o normativa contraria a la nueva reglamentación.

La medida había sido implementada durante la Cumbre del G-20 para proteger a los presidentes. Si bien en un principio se había anunciado que perdería su vigencia una vez finalizado el encuentro de mandatarios en Buenos Aires, el Ministerio de Seguridad decidió prorrogar sus alcances y no limitarlos únicamente a los riesgos que pudieran correr los líderes mundiales.

Desde Seguridad recordaron que hasta ahora los miembros de las fuerzas federales no podían usar sus armas para defenderse o para defender a la población. Tampoco para detener a los delincuentes, ni para impedir su fuga, ni siquiera si estos habían matado o intentado matar a una persona. Incluso no podían abrir fuego para impedir un delito grave contra la vida o la integridad física de terceros o de ellos mismos.

Según la norma vigente, los agentes tenían que esperar a que les dispararan, y solo después podían "repeler las hostilidades" y, aun en ese caso, a modo "disuasivo". Ante la duda, solo podían "hacer memoria", recordando cómo estaban vestidos los delincuentes, o si tenían tatuajes, por ejemplo, para poder identificarlos en algún momento.

Ahora, según se lee en la publicación del Boletín Oficial de este lunes, la nueva norma establece que las fuerzas de seguridad podrán usar armas de fuego "cuando resulten ineficaces otros medios no violentos en defensa propia o de otras personas, en caso de peligro inminente de muerte o de lesiones graves".

También "para impedir la comisión de un delito particularmente grave que presente peligro inminente para la vida o la integridad física de las personas, para proceder a la detención de quien represente ese peligro inminente y oponga resistencia a la autoridad, para impedir la fuga de quien represente ese peligro inminente y hasta lograr su detención".

La medida entrará en vigencia mañana martes y tendrá jurisdicción para la Policía Federal, Gendarmería, Prefectura Naval y Policía de Seguridad Aeroportuaria.
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