DESPACHO FAVORABLE
21-08-2018
Buscan prohibir conductores con antecedentes penales

11:56 | La semana pasada, la Comisión de Asuntos Constitucionales y Legislación de la Cámara de Diputados dio despacho favorable al Proyecto de Ley de prohibición a condenados por delitos contra la integridad sexual y por homicidio culposo en accidente de tránsito, de realizar transporte de personas.
Según indica el texto de la norma, cuyo autor es el radical Manuel Aguirre, se prohibe por el término de diez años el transporte de personas a condenados por delitos contra la integridad sexual en todo el ámbito de la provincia de Corrientes y por homicidio culposo en accidente de tránsito cuando se hubiera verificado el consumo de alcohol y/o estupefacientes en el hecho. El término fijado se comenzará a computar desde la finalización del término impuesto por la condena.
En su artículo 2º indica que las empresas de transporte de personas verificarán el requisito establecido por la Ley, antes de contratar choferes, requiriendo el informe respectivo al Tribunal de Condenas de la Provincia.
En caso de incumplimiento de las previsiones de dicha norma, las empresas serán pasibles de multas equivalentes al precio de 5.000 litros de nafta de mayor valor, y si se produjera una reincidencia dentro de los diez años, se cancelará automáticamente la autorización para funcionar en forma definitiva.
En sus argumentos, Aguirre expresa que “no se busca estigmatizar al que ya ha cumplido la pena, ni sostener su peligrosidad, sino evitar la verificación de situaciones objetivas que puedan generar reincidencia. En este sentido, la norma proyectada resulta también de protección del condenado”.
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