Convocatoria
24-02-2017
Convocatoria para psicólogos en el Consejo de la Magistratura

18:32 | Se pone en conocimiento de quienes estén interesados en participar, sobre la convocatoria que lleva el número 02/17 del Consejo de la Magistratura Provincial para conformar la lista de profesionales Psicólogos que tendrán a su cargo el desarrollo de los test psicolaborales de aquellos aspirantes a desempeñarse como jueces y funcionarios del Ministerio Público.
La convocatoria se formaliza a través del Colegio Público de Abogados de la Primera Circunscripción Judicial de Corrientes, con la firma de su presidente Dr. Ricardo Manuel Villar. A continuación, se transcribe la citación:



CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE CORRIENTES
Convocatoria N°02/17



Se convoca a inscripción para conformar la lista de psicólogos, quiénes tendrán a su cargo el desarrollo de los test psicolaborales de los aspirantes a jueces y funcionarios del Ministerio Público.



Inscripción: En la página web: http://www.juscorrientes.gov.ar/seccion/consejo-de-la-magistratura/convocatorias.



Informes: En la página web: http://www.juscorrientes.gov.ar/seccion/consejo-de-la-magistratura/convocatorias, o al teléfono. 0379-4476532



Plazo: Desde las 00:00 hs., del 03/03/17 hasta las 24:00 hs., del 16/03/17.



Los interesados deberán presentar en una carpeta tipo “cual es”, dentro de las 72 hs. de efectuada la inscripción, la siguiente documentación:


Requisitos de Admisibilidad:


1. Título expedido por universidad pública o privada debidamente reconocida por autoridad competente.
2. Fotocopia del documento de identidad.
3. Ser mayores de 30 años.
4. Tener más de cuatro años de ejercicio en la profesión
5. Proponer al Tribunal, técnicas psicolaborales para los cargos a cubrir.
6. Acreditar experiencia en recursos humanos.
7. Certificado de buena conducta.
8. Certificado del organismo que tenga a su cargo el control de la matrícula.
9. Declaración jurada de:
a. Situación ante la Dirección General de Rentas de la Provincia
b. Situación ante el Municipio donde tenga constituido su domicilio.
c. Situación con respecto a procesos penales.
d. No tener condena penal firme por delito doloso.
e. No hallarse inhabilitados para ejercer cargos públicos.
f. No encontrarse sancionados con exclusión de la matrícula profesional.
g. No haber sido removido del cargo de profesor universitario, por juicio académico.
h. No haber sido declarado en quiebra, y no estuviera rehabilitado.
i. No haber sido separado de un empleo público por mal desempeño de sus tareas.
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