Diputados
28-09-2016
Por Ley las escuelas deberán educar en igualdad de género
18:28 |
La Cámara de Diputados convertió en Ley la iniciativa presentada por la diputada Locatelli y senador Pruyas que ayudará a prevenir violencia de género.
La Cámara de Diputados aprobó en la sesión de este miércoles 28 de septiembre de 2016, el proyecto de ley que tiene dos autores: la diputada Alicia Locatelli y el senador Rubén Pruyas, por el cual, la Provincia de Corrientes adhiere a la Ley Nacional denominada “Educar en igualdad, prevención, y erradicación de la violencia de género”. El mismo, pasó al Poder Ejecutivo para su promulgación y puesta en vigencia.
La normativa nacional, sancionada el 26/11/2015; Promulgada de Hecho: 30/12/2015 y su Publicación en el B.O fue 04/01/2016, establece lo siguiente:
Artículo 1º: La presente ley establece las bases para que en todos los establecimientos educativos del país, públicos o privados, de nivel primario, secundario y terciario se realice la jornada “Educar en Igualdad: Prevención y Erradicación de la Violencia de Género“ con el objetivo de que los alumnos, las alumnas y docentes desarrollen y afiancen actitudes, saberes, valores y prácticas que contribuyan a prevenir y erradicar la violencia de género.
Artículo 2º: A los fines de esta ley se entiende por violencia contra las mujeres toda conducta, acción u omisión, que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal de acuerdo a lo establecido en el artículo 4º de la Ley 26.485.
Artículo 3º: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1º, el Poder Ejecutivo nacional a través de los organismos que correspondan, realizará la jornada, al menos una (1) vez durante el ciclo lectivo.
Artículo 4º: La presente ley entrará en vigencia a los ciento ochenta (180) días de su publicación.
Artículo 5º: Invítase a las Provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la presente ley.
Artículo 6º- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.