iniciativa de Rubén Pruyas
14-05-2015
Media sanción del Senado a la adhesión a la Ley Nacional de Prevención del Suicidio

15:04 | La Cámara Alta de la Provincia, dio media sanción hoy a la ley que adhiere a la norma nacional de Prevención del Suicidio, autoría del senador Tomás Rubén Pruyas. La ley prevé la atención biopsicosocial, la investigación científica y epidemiológica, la capacitación profesional en la detección y atención de las personas en riesgo de suicidio y la asistencia a las familias de víctimas del suicidio.
Luego de pasar por la Comisión de Salud Pública, en la sesión de hoy del Senado de la Provincia fue aprobada en primer término, y ahora pasa a Diputados, la adhesión a la Ley Nacional Nº 27.130 de Prevención del Suicidio. El autor de la iniciativa, Tomás Rubén Pruyas, resaltó la importancia de avanzar con esta ley pues el suicidio se encuentra entre las tres primeras causas mundiales de muerte en personas de 15 a 44 años.



Vale recordar que el artículo 19° de la Ley Nacional Nº 27.130 invita a las provincias a adherir a la mencionada norma, que declara de interés nacional en todo el territorio de la República Argentina, la atención biopsicosocial, la investigación científica y epidemiológica, la capacitación profesional en la detección y atención de las personas en riesgo de suicidio y la asistencia a las familias de víctimas del suicidio.



Esta ley, promulgada de hecho el 6 de abril de 2015, y cuya fecha de publicación en el Boletín Oficial data del 8 de abril de 2015, establece una serie cuestiones conexas que habilitan una abordaje integral y completo de esta problemática acuciante de nuestra sociedad y de nuestro tiempo, es decir, tiene como objetivo principal la disminución de la incidencia y prevalencia del suicidio a través de la prevención, asistencia y posvención.



El suicidio se encuentra entre las tres primeras causas mundiales de muerte en personas de 15 a 44 años. La OMS estima que para el año 2020, el número de defunciones por esta causa crecerá un 50% para alcanzar las 1,5millones de muertes anuales. En un tercio de los países del mundo las tasas de suicidio han ido en aumento, y en la actualidad el grupo de mayor riesgo es el de los jóvenes.



En nuestro país, el suicidio constituye la tercera causa de muerte en la población en general, desde la infancia hasta la ancianidad. Este fenómeno es observado en todos los grupos sociales, niveles económicos, educativos, con independencia de valores filosóficos y religiosos. Asimismo, en nuestra provincia se registran tanto de casos concretos como tentativas de suicidio, por lo que debería constituir esta problemática social, objeto de un abordaje íntegro.



Con la aprobación del Senado provincial, Corrientes adhiere a la Ley Nacional Nº 27.130 que declara de interés nacional la atención médica, la investigación clínica y epidemiológica y la capacitación profesional en la detección y atención de las personas en riesgo de suicidio y la asistencia a las familias de víctimas del suicidio.



La autoridad de aplicación de esta ley será el Ministerio de Salud Pública de Corrientes, que celebrará los convenios necesarios conjuntamente con la autoridad nacional, tendiente a promover las acciones necesarias que garanticen la ejecución de los principios expuestos en la ley 27.130 en todo el territorio de la Provincia, que incluyen cooperación técnica, económica y financiera de la Nación para la implementación de la presente ley.


(I)
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