Avanza en Diputados
14-11-2014
Proyecto busca cuidar el medio ambiente, eliminando las bolsas plásticas

18:01 | La iniciativa corresponde a las Senadoras María Inés Fagetti y María Isabel Brouchoud y pasó a Diputados con media sanción de la Cámara Alta. "En algunos paises los Estados obligan  a los supermercados a entregar bolsas de papel debido a los graves problemas que resultan las de plástico al medio ambiente" señalo Brouchoud. El expediente pasó a la Comisuón de Ecología y Ambiente

Pasó con media sanción del Senado un proyecto deley que busca frentar la contaminanción al medio ambiente producida por el masivo uso de bolsas plásticas. La inciativa pertenece a las Senadoras Fagetti y Brouchoud.



F U N D A M E N T O S 

Todos los años se utiliza en el mundo, como consecuencia de la actividad comercial, una descomunal cantidad de bolsas plásticas que causan graves problemas de contaminación al medio ambiente, toda vez que se convierten en basura, manteniéndose en ese estado por años, causando además, como consecuencia de su lenta degradación, problemas urbanos como son, la obstrucción de cloacas y desagües por mencionar alguno de ellos. Tampoco su incineración resulta ser la solución, pues mediante ese procedimiento se generan gases que resultan tóxicos para la salud, causando más contaminación ambiental.

En los océanos, la fauna marina sufre también la consecuencia de su uso indiscriminado, en virtud de ello, muchísimos animales mueren asfixiados al confundir las bolsas con calamares y pulpos;  las tortugas marinas las confunden con medusas y mueren al intentar tragarlas.

El problema de la contaminación producida por las bolsas plásticas es muy grave, ya que no son elementos de transporte inocuas para el ambiente, por dos motivos esenciales: el elevado número de bolsas producidas por año (cerca de 150 bolsas por persona al año) y la naturaleza no biodegradable del plástico con que son producidas. Además de eso, la manufactura del polietileno se hace a partir de combustibles fósiles e implica la emisión de gases contaminantes, es decir, que desde su mismo proceso de elaboración, son altamente contaminantes. No resulta menos importante conocer, que se estima que cerca de un 90% de las bolsas de plástico acaban su vida útil en vertederos, o como basura.

Las bolsas de nylon que ofrecen millones de supermercados y comercios en general, en todo el mundo, se fabrican con petróleo, lo que contribuye al calentamiento global. Además se requieren entre 150 a 400 años para que puedan desintegrarse, y sólo un mínimo porcentaje se recicla

Entre los países que tomaron medidas se encuentran Irlanda, que fue la  pionera en la toma de medidas para combatir el problema de las bolsas plásticas. El gobierno de ese País implementó en el año 2002, el PlasTax, un impuesto del 20% sobre las compras, que se aplica a los usuarios de bolsas plásticas. El efecto positivo fue inmediato: el consumo de bolsas cayó en un 90% y se recaudaron millones destinados a programas de reciclado.

Escociasiguió los pasos de Irlanda en el año 2004, igual que el resto del Reino Unidoe Israel.

En Taiwán, donde se distribuían 16 millones de bolsas plásticas por día, el gobierno decidió prohibirles a los supermercados que las suministren en forma gratuita. San Francisco(E.E.U.U.), también se sumó a la causa y a mediados del año 2007 se convirtió en la primera ciudad de los Estados Unidos en prohibir las bolsas plásticas y exigir que sean reemplazadas por bolsas reutilizables y reciclables.

Las bolsas de plástico ya han sido erradicadas de los supermercados de otras ciudades de California (E.E.U.U.), como San José, Long Beach y Santa Mónica, donde se incentiva a los consumidores a reutilizar sus propias bolsas de la compra.

Y, recientemente la ciudad de Los Ángeles obliga a los supermercados a entregar bolsas de papel, habiéndoles concedido un plazo de seis meses para el cumplimiento de la medida dispuesta.

En el continente africano, los países como Kenia, Tanzania, Ruanda y Uganda aprobaron leyes que prohíben su uso. En Australia, cerca del 90% de los comercios minoristas han firmado acuerdos voluntarios para reducir su expendio

En Alemania, las bolsas de plásticos son pagadas por el consumidor en todos los supermercados y es habitual el uso de bolsas de tela reutilizables o cajas de cartón.

Mientras tanto, la Agencia Ambientalde los Estados Unidos (EPA)informa que en el mundo siguen produciéndose entre 500.000 millones y un billón de bolsas de plástico por año.

En Argentina, estadísticamente, se estima que, en base a un promedio general, un cliente utiliza alrededor de 60 bolsas de polietileno para las compras de un mes.

Debido al flagelo que esta conducta descontrolada provoca al medio ambiente,  existen ya en nuestro País, algunas señales de preocupación por corregirla, como por ejemplo, las medidas adoptadas por las ciudades de Córdoba; Santa Fe; y las principales de la Patagonia, donde los supermercados ya no ofrecen bolsas de plástico que contaminen el medio ambiente, siendo que en esos casos, el usuario se lleva su propia bolsa de mandados, de un material que no sea nocivo y los supermercados brindan cajas o bolsas gratuitas de materiales no contaminantes para aquellos que no las porten.

Sabido es, que cuando se habla de la protección del medio ambiente, la solución no tiene ni admite grises; y en consecuencia resulta imprescindible plasmarla en hechos concretos.

Las bolsas de papel son un tipo de producto que está siendo cada vez más utilizado en todo el mundo. La causa principal del éxito de las bolsas de papel se debe fundamentalmente a quenumerosos Estados han impulsado recientemente la fabricación de bolsas de papel mediante legislaciones y programas que buscan fomentar su uso en detrimento de las bolsas plásticas tradicionales.Es sabido que estas últimas en la gran mayoría de los casos no son biodegradables lo que implica que una vez desechadas, las bolsas plásticas van a continuar durante cientos de años dando vueltas por el medioambiente.

Una característica interesante de las bolsas de papel es que estas pueden ser fácilmente reciclables lo que implica un alivio para nuestro ya de por sí golpeado medioambiente.Los envases y embalajes de papel y cartón son la mejor alternativa para paliar este grave problema, ya que son materiales totalmente biodegradables y lo más importante es que son 100% reciclables. El reciclado de papel y cartón es muy fácil. Simplemente se muele el material y se vuele a convertir en papel o cartón, sin ocasionar ningún tipo de contaminación ni impacto ambiental y este proceso puede repetirse infinidad de veces.

Hace muchos años en Estados Unidos, se han dedicado a la fabricación de bolsas de papel para ser utilizadas en los supermercadosa la hora de que el cliente transporte los artículos comprados hasta su hogar. Este tipo de bolsa de papel, es un recipiente plegado y pegado en su parte inferior y abierto en la parte superior permitiendo de esta forma que los productos puedan ser fácilmente depositados en su interior; vale destacar, que el proceso de fabricación de bolsas de papel para supermercado es sumamente sencillo de llevar adelante por cualquier persona, incluso por aquellas que no poseen la maquinaria adecuada.

Las primeras bolsas de papel datan del siglo XIX y fueron inventadas por una mujer de origen norteamericano llamada Margaret Knight. Lo que Ella inventó fue básicamente el proceso de fabricación de bolsas de papel que ya hemos mencionado, basado en el plegado y  rectangular y una boca en su parte superior. Sus diseños fueron utilizados por una empresa para cual ella trabajo de adulta, llamada Columbia Paper Bag Company en Springfield. La fabricación de bolsas de papel en esta época se hacía de manera rudimentaria y no se utilizaban ningún tipo de maquinaria de alta tecnología sino que la gran mayoría del trabajo se realizaba manualmente. Además, una vez usadas pueden reciclarse una y otra vez. Estas bolsas de papel reciclado llevan usándose en Estados Unidos desde hace muchos años.

El objetivo de este proyecto de ley, es crear la concientización necesaria y ser la herramienta que permita el cambio radical, abandonando definitivamente las bolsas de plástico para que sean reemplazadas por bolsas de papel, y de este modo contribuir a mejorar la calidad del medio ambiente en todo el territorio de la Provincia y la Región.

Por lo expuesto; y por las graves consecuencias provocadas al medio ambiente, que son de público conocimiento, debido al uso indiscriminado de las bolsas plásticas, resulta necesario realizar un plan de reducción paulatina de los usos de estos envases con una campaña de concientización en todos los comercios de la Provincia y de educación en las escuelas.

Por los fundamentos expuestos, solicito el acompañamiento de mis Pares para la sanción de este proyecto de ley.

Por ello:

EL HONORABLE SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES SANCIONAN CON FUERZA D

L E Y

Artículo 1:PROHIBESE la entrega de bolsas de plástico,en todos los comercios de la Provincia de Corrientes.

Artículo 2:Las bolsas a que se refiere el artículo 1° de la presente ley deberán ser sustituidas gradualmente, según el cronograma que determine la reglamentación en base a los niveles de facturación de los distintos comercios, hasta su completo reemplazo en el plazo perentorio e improrrogable de doce (12) meses.

Artículo 3: Lasbolsas y envases comprendidos en el artículo 1° de la presente leyserán remplazados por bolsas de papel y/o cartón; y/o cualquier otro material altamente biodegradable o reciclable.

Los supermercados, hipermercados y autoservicios deberán contar en sus líneas de cajas con suficiente oferta de bolsas reutilizables disponibles a la venta a precios razonables.

Artículo 4: El Poder Ejecutivo deberá establecer regímenes de promoción o incentivo a pequeños comerciantes que sustituyan las sustancias descriptas  en el artículo primero por materiales fácilmente degradables, antes del plazo establecido en el artículo 2º.

Artículo 5:Los regímenes de promoción o incentivos pueden consistir en líneas de créditos, subsidios, asistencia técnica respecto del material permitido, proveer la confección o la distribución de bolsas de material biodegradable, a fin de que el pequeño comerciante pueda acceder a menor costo, o cualquier otra medida o acción que signifique un estímulo concreto para el particular.

Artículo 6:Una vez cumplido el plazo fijado en el art. 2° de esta ley, los comercios que despachen sus productos en bolsas plásticas serán sancionados con multas y/o eventualmente con la clausura del local, de acuerdo al régimen de sanciones y penalidades que reglamentariamente fijará el Poder Ejecutivo, dentro del plazo de ciento ochenta (180) días desde la entrada en vigencia de la presente ley, teniendo especialmente en cuenta la entidad y/o envergadura del comercio infractor involucrado.

Artículo 7: Durante el tiempo de cambio de sistema y/o plazo de transición concedido por esta ley, se cobrará la suma de PESOS, que determine reglamentariamente el Poder Ejecutivo Provincial, en concepto de recargo en las compras, por cada bolsa de plástico que el usuario ocupe. Las sumas de dinero que por este concepto se recauden serán destinadas a las campañas publicitarias de concientización que propendan a la eliminación de este tipo de envases.

Durante este tiempo, los supermercados, hipermercados y autoservicios, deberán contar con sistemas de incentivos a través de los cuales implementen acciones tendientes a que sus clientes dejen de utilizar bolsas no biodegradables; y comiencen a usar bolsas reutilizables, changuitos; y/o devuelvan sus bolsas no biodegradables para reciclar.

Artículo 8: Quedan exceptuados de las disposiciones de esta ley, únicamente las carnicerías; pescaderías; comercios de insumos del sector hospitalario; y todo otro rubro de comercio que por motivos sanitarios deba entregar bolsas o envoltorios no biodegradables, que lo acredite fehacientemente ante la autoridad de aplicación.

Artículo 9: El comerciante que incumpla lo prescripto en el art. 6° de esta ley; y/o expida gratuitamente bolsas plásticas cuya utilización pretende erradicarse, será sancionado, según el régimen de sanciones y penalidades que reglamentariamente fije el Poder Ejecutivo de la Provincia.

Artículo 10:El Poder Ejecutivo designará la autoridad de aplicación y  adoptará las medidas que resulten necesarias para la eficaz aplicación de esta ley.

Artículo 11º: DE FORMA.

D E S P A C H O         Nº      129

E X P E D I E N T E      Nº   5.208/14.-                                                                  

HONORABLE  CAMARA:

Vuestra Comisión de ECOLOGIA y MEDIO AMBIENTE, ha considerado el proyecto Ley, por el que se prohíbe el uso de Bolsas Plásticas en la Provincia de Corrientes.-

Analizado y debatido que fuera, por los fundamentos expuesto y/o los que expondrá el Señor Senador, designado como Miembro Informante, os aconsejamos prestéis vuestro voto favorable en los términos del original que se adjunta a la presente y forma parte integrativo del mismo.-

DADO en la Sala de Comisiones de la Honorable Cámara de Senadores de la Provincia de Corrientes, a los VEINTINUEVE días del mes de OCTUBRE del aÑo DOS mil CATORCE.-

EL HONORABLE SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES SANCIONAN CON FUERZA DE

L E Y

Artículo 1:PROHIBESE la entrega de bolsas de plástico, en todos los comercios de la Provincia de Corrientes.

Artículo 2: Las bolsas a que se refiere el artículo 1° de la presente ley deberán ser sustituidas gradualmente, según el cronograma que determine la reglamentación en base a los niveles de facturación de los distintos comercios, hasta su completo reemplazo en el plazo perentorio e improrrogable de doce (12) meses.

Artículo 3: Las bolsas y envases comprendidos en el artículo 1° de la presente leyserán remplazados por bolsas de papel y/o cartón; y/o cualquier otro material altamente biodegradable o reciclable.

Los supermercados, hipermercados y autoservicios deberán contar en sus líneas de cajas con suficiente oferta de bolsas reutilizables disponibles a la venta a precios razonables.

Artículo 4: El Poder Ejecutivo deberá establecer regímenes de promoción o incentivo a pequeños comerciantes que sustituyan las sustancias descriptas  en el artículo primero por materiales fácilmente degradables, antes del plazo establecido en el artículo 2º.

Artículo 5:Los regímenes de promoción o incentivos pueden consistir en líneas de créditos, subsidios, asistencia técnica respecto del material permitido, proveer la confección o la distribución de bolsas de material biodegradable, a fin de que el pequeño comerciante pueda acceder a menor costo, o cualquier otra medida o acción que signifique un estímulo concreto para el particular.

Artículo 6:Una vez cumplido el plazo fijado en el art. 2° de esta ley, los comercios que despachen sus productos en bolsas plásticas serán sancionados con multas y/o eventualmente con la clausura del local, de acuerdo al régimen de sanciones y penalidades que reglamentariamente fijará el Poder Ejecutivo, dentro del plazo de ciento ochenta (180) días desde la entrada en vigencia de la presente ley, teniendo especialmente en cuenta la entidad y/o envergadura del comercio infractor involucrado.

Artículo 7: Durante el tiempo de cambio de sistema y/o plazo de transición concedido por esta ley, se cobrará la suma de PESOS, que determine reglamentariamente el Poder Ejecutivo Provincial, en concepto de recargo en las compras, por cada bolsa de plástico que el usuario ocupe. Las sumas de dinero que por este concepto se recauden serán destinadas a las campañas publicitarias de concientización que propendan a la eliminación de este tipo de envases.

Durante este tiempo, los supermercados, hipermercados y autoservicios, deberán contar con sistemas de incentivos a través de los cuales implementen acciones tendientes a que sus clientes dejen de utilizar bolsas no biodegradables; y comiencen a usar bolsas reutilizables, changuitos; y/o devuelvan sus bolsas no biodegradables para reciclar.

Artículo 8: Quedan exceptuados de las disposiciones de esta ley, únicamente las carnicerías; pescaderías; comercios de insumos del sector hospitalario; y todo otro rubro de comercio que por motivos sanitarios deba entregar bolsas o envoltorios no biodegradables, que lo acredite fehacientemente ante la autoridad de aplicación.

Artículo 9: El comerciante que incumpla lo prescripto en el art. 6° de esta ley; y/o expida gratuitamente bolsas plásticas cuya utilización pretende erradicarse, será sancionado, según el régimen de sanciones y penalidades que reglamentariamente fije el Poder Ejecutivo de la Provincia.

Artículo 10:El Poder Ejecutivo designará la autoridad de aplicación y  adoptará las medidas que resulten necesarias para la eficaz aplicación de esta ley.

Artículo 11º: Invitase a los Municipios de la Provincia a adherir a la presente Ley a los fines de su operatividad en sus respectivas jurisdicciones.-

Artículo 12º: DE FORMA.
Comentarios
Por favor ingrese los caracteres de la imagen
InicioNoticiasComisionesLegisladoresArchivoLinksEn vivoConcejo DeliberanteContacto

www.sobretablas.com 2009 - 2024 | Todos los derechos reservados | Periodismo legislativo - Provincia de Corrientes - Argentina

NEWSLETTER